Pues llega ese momento en que después de
darle muchas vueltas y hablar mucho del tema nos decidimos, sin que nadie lo sepa
excepto nuestra amiga Helena, a empezar ese arduo (o placentero, según la
pareja jeje) camino que hay que
recorrer para llegar a la maternidad.
Y claro,
cómo se engendra un bebé es una cosa que tenemos muy clara gracias a las
clases de ciencias naturales, pero el método tradicional a nosotras no nos
funciona así que irremediablemente nos toca buscar ayuda externa.
Si por
casualidad tu situación es similar, es decir, tienes que usar la reproducción asistida para poder tener
hijos, has de saber que el lugar donde resides es de vital importancia. Y
os preguntareis ¿por qué?, pues no, el clima no tiene nada que ver, si no la
cartera de servicios de la seguridad social, que tras su revisión en 2013
sentenciaba que sólo podrán acceder a tratamientos de fertilidad mujeres mayores
de 18 y menores de 40 años que tengan un problema médico o que su pareja masculina
presente infertilidad. En conclusión, tiene que existir una causa de
esterilidad que impida conseguir un embarazo de forma natural.
Algunas
comunidades autónomas como Andalucía, País Vasco, Islas Canarias, Navarra,
Extremadura y recientemente Madrid, rechazaron dicha propuesta por
discriminatoria y por tanto cualquier mujer, independientemente de su condición
sexual o estado civil pueden acceder a los tratamientos de reproducción asistida
de la Seguridad Social.
En teoría
la ley es igual para todo el país, podéis ojear el BOE en el siguiente enlace , pero dependerá de la interpretación que se haga de ella lo que marcará la
diferencia entre comunidades, ya que la ley dice que el requisito es la
existencia de un diagnóstico de esterilidad.
Según
la RAE, la definición de esterilidad
es “ser incapaz de reproducirse”, y es aquí donde entra la interpretación de
los departamentos de salud, considerando esa incapacidad como una cuestión
estrictamente fisiológica o como una inaccesibilidad a la reproducción por
parte de mujeres solas o parejas homosexuales.
Y no
queremos hacernos pesadas con definiciones pero según el diccionario incapaz significa “no ser capaz por
naturaleza o por decisión de su voluntad”, así que aquí dejamos…
En
fin, que visto el panorama y teniendo en cuenta que vivimos en Cataluña,
nuestra única opción era rascarnos el bolsillo y buscar una clínica privada. Si
os pica la curiosidad y queréis saber cuál fue la elegida, tendréis que esperar
al siguiente post.
Bibliografia y links de interés
Estéril: http://dle.rae.es/?id=Gqc7hw7
Incapaz: http://dle.rae.es/?id=LCz4pMj
Boe artículo 5.3.8: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-16212
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